← Todas las herramientas
Herramienta gratuita · Actualizada con el IRAV de julio de 2026 (INE)
Calculadora de subida del alquiler (IRAV e IPC)
Si tu contrato de alquiler cumple un año, esta calculadora te dice exactamente cuánto
puedes subir la renta: qué índice te corresponde según la fecha en que se firmó el contrato,
cuál era el último dato publicado por el INE el día de la renovación y cuál es la nueva mensualidad.
Pon las dos fechas y la renta actual. El resto lo hace sola.
Qué índice te toca: IRAV o IPC
Desde la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, la actualización de
la renta de vivienda habitual ya no se hace por defecto con el IPC. El artículo 18 de la Ley de
Arrendamientos Urbanos remite ahora a un índice propio, el IRAV (Índice de Referencia
para la Actualización Anual de los Contratos de Arrendamiento de Vivienda), que publica el INE cada mes
y que está diseñado para crecer menos que el IPC en periodos de inflación alta.
- Contratos firmados desde el 25 de mayo de 2023: se actualizan con el IRAV.
Durante 2023 la subida estuvo topada en el 2 % y durante 2024 en el 3 %;
desde 2025 se aplica el IRAV publicado.
- Contratos anteriores: se aplica lo que diga el contrato, que en la mayoría de los
casos es el IPC general. Hay discusión jurídica sobre si el IRAV funciona además como techo para estos
contratos desde 2025: si el tuyo es de antes y el importe está ajustado, merece la pena consultarlo.
La calculadora elige sola según la fecha de inicio que pongas, pero puedes forzar el índice o meter
el porcentaje a mano si tu contrato pacta otra cosa. Si quieres entender con más detalle la diferencia
entre los dos índices y el error más habitual al aplicarlos, tienes el artículo
IRAV vs IPC: diferencias y cuál se aplica a tu contrato en 2026.
Qué mes del índice se aplica
No se usa el dato del mes de la renovación, porque todavía no existe. Se usa el último índice
publicado en esa fecha. Como el INE publica entre los días 11 y 15 de cada mes, la regla práctica es:
- Si la renovación cae el día 15 o después, el índice aplicable es el del mes anterior.
- Si cae antes del día 15, el de dos meses antes.
La calculadora aplica esta regla automáticamente y te dice qué mes concreto ha usado, para que puedas
comprobarlo en el INE antes de mandar la carta.
Tres condiciones que mucha gente se salta
- Tiene que estar pactado. Si el contrato no dice nada sobre actualizar la renta, no
se puede subir. El silencio juega a favor del inquilino.
- Solo una vez al año, al cumplirse cada anualidad del contrato, no en enero ni cuando
a uno le venga bien.
- Hay que notificarlo por escrito, indicando el porcentaje, la nueva renta y el periodo.
La renta nueva es exigible desde la mensualidad siguiente a la notificación: si avisas
tarde, ese mes lo pierdes. No se puede reclamar con efectos retroactivos.
Si tu vivienda está en una zona de mercado residencial tensionado declarada, pueden
aplicarse límites adicionales. Compruébalo en tu comunidad autónoma antes de aplicar la subida.
Un apunte de casero a casero
Que puedas subir no siempre significa que debas. Con seis inmuebles alquilados he aprendido que
un buen inquilino que paga el día 1 vale más que 18 euros al mes. Un piso vacío dos meses
se come tres años de actualizaciones. Aplica la subida cuando la renta se haya quedado claramente por
debajo del mercado, y explícala siempre por escrito y con el dato del INE delante: casi nadie discute un
número que puede comprobar.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto puedo subir el alquiler en 2026?
Depende del último IRAV publicado por el INE en la fecha de renovación de tu contrato, no de un porcentaje fijo anual. En julio de 2026 el IRAV fue del 2,49 %. La calculadora coge el mes que te corresponde y aplica el porcentaje sobre tu renta actual.
¿Qué pasa si en mi contrato no dice nada sobre la actualización?
No puedes subir la renta. La actualización de la renta debe estar expresamente pactada en el contrato; si no se pactó, la renta se mantiene durante toda la vigencia.
¿Puedo subir el alquiler con efectos retroactivos si me olvidé de avisar?
No. La renta actualizada es exigible desde la mensualidad siguiente a la notificación por escrito al inquilino. Las mensualidades anteriores no se pueden reclamar.
¿El IRAV se aplica también a locales, garajes y pisos turísticos?
No. El IRAV es para el arrendamiento de vivienda. Los locales de negocio, trasteros, garajes y las viviendas de uso turístico se rigen por lo que hayan pactado las partes.
¿Dónde consulto el dato oficial?
En el INE, en la operación estadística del Índice de Referencia para la Actualización Anual de los Contratos de Arrendamiento de Vivienda. El Ministerio de Vivienda también publica una calculadora oficial.
Los resultados son una estimación orientativa calculada en tu propio navegador:
no se envía ni se guarda ningún dato. No sustituyen a la oferta vinculante de tu banco, a la
liquidación de la hacienda autonómica ni al asesoramiento de un profesional.
José A. Ramos · Dotoku Homes · ¿Tienes una
operación entre manos? Cuéntamela, la primera consulta es gratuita.